Facultad de Informática(alumnos)

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

La Comisión de Asuntos Académicos se encuentra prevista en los artículos 75 y 79 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Autónoma de Querétaro.

Los estudiantes podrán solicitar: ampliación de vectores de inscripción, reinscripción extemporánea, alta y/o baja de materias de forma extemporánea, reingreso a más de 3 años, pagar de manera extemporánea su recibo de inscripción o reinscripción, entre otros asuntos.

En caso de que el estudiante sea menor de edad, la solicitud deberá de realizarla su padre o tutor legal.

La solicitud deberá ser firmada con tinta azul y entregada en original y 2 copias en la Oficialía de Partes del H. Consejo Universitario, ubicada en el tercer piso del edificio de Rectoría, en Secretaría Académica, de lunea a viernes de las 08:00 a 18:55 hrs. O puede ser escaneada y enviada al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Ampliación de vectores de reinscripción

Cada programa tiene un límite de veces que se puede inscribir el estudiante, en caso de haber agotado ese límite, se solicitará la autorización para inscribirse nuevamente. En caso de que el plan al que se encontaba inscrito ya no esté vigente puede requerir convalidación al plan vigente.

Lo anterior en atención al artículo 4 del reglamento de estudiantes.

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En caso de que el vector que requiera es el vector en curso deberá solicitar también el alta de las materias que cursa.

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Reinscripción extemporánea

El calendario escolar señala las fechas en las que los estudiantes pueden realizar el proceso de reinscripción, en caso de no haberlo realizado, se podrá solicitar realizarlo de manera extemporánea, justificando la causa por la cual no se realizó a tiempo, además de solicitar el alta de las materias que está cursando.

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Alta y/o baja de materias de forma extemporánea

Las fechas de alta y/o baja de materias se encuentran señaladas en el calendario escolar, en caso de que ya hayan pasado dichas fechas se podrá solicitar el alta o baja de materias justificando el motivo por el cual no se realizó en el periodo establecido.

Alta de materias

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Baja de materias

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Reingreso a más de 3 años

En caso de haber dejado de estudiar, el estudiante deberá de solicitar autorización para reinscribirse, si han pasado menos de 3 años el tramite se realiza en la Secretaría Académica de su Escuela o Facultad. Si han pasado 3 años o más de su última reinscripción se realiza la solicitud ante esta comisión.

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Pagar de manera extemporánea su recibo de inscripción o reinscripción

Al momento de generar el recibo de inscripción o reinscripción se muestra en el mismo la fecha límite para pagarlo, en caso de no haberlo realizado en tiempo, el estudiante podrá solicitar pagarlo de forma extemporánea, justificando el motivo por el cual no pudo realizarlo antes de su vencimiento.

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Modificación de calificación (Solo docentes)

La modificación de calificación se realiza conforme a lo establecido en el artículo 94 del Reglamento de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Querétaro:

ARTÍCULO 94.- Cuando el maestro haya asentado en el acta de exámenes ordinarios, de regularización o de acreditación de conocimientos o habilidades, una calificación inferior a la obtenida, a petición del mismo, se podrá modificar la calificación en los términos siguientes:

  1. Un maestro podrá modificar una calificación de examen, dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha del examen;
  2. Para modificar una calificación de examen después de los diez días hábiles, deberá ser autorizado por el Consejo Académico de la Facultad o Escuela correspondiente, siempre y cuando no hayan transcurrido mas de seis meses;
  3. Para modificar una calificación de examen después de seis meses y antes de un año, deberá ser autorizado por el Consejo Universitario a través de la Comisión Académica; y
  4. Para modificar una calificación de examen después de un año y hasta dos años, deberá ser autorizado por el Pleno del Consejo Universitario. No se autorizará ninguna modificación de calificación después de dos años de la fecha del examen. En ningún caso se autorizará un cambio de calificación menor a la asentada originalmente en el acta.

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