FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL SECRETARIO GENERAL.
1.- Representar al Sindicato Legal y Oficialmente al Comité Ejecutivo
2.- Actuar como representante del Sindicato en todos los actos en que éste participe
Legalmente.
3.- Ser miembro exoficio de toda Comisión Sindical.
4.- Resolver los problemas a cuya solución inmediata no permita acuerdo previo con
Resto de los Secretarios del Comité responsabilizándose ante éste dichas
soluciones.
5.- Firmar en unión del Secretario que corresponda la documentación y
correspondencia.
6.- Presidir las juntas del Comité ( Pleno) y asambleas
7.- Coordinar las actividades de los demás Secretarios del Comité.
8.- Ser representante del Comité de Huelga del Sindicato.
9.- Autorizar la documentación relativa al movimiento económico del Sindicato.
10.- Nombrar y remover a los asesores jurídicos de acuerdo con el Comité.
11.- Convocar a los Plenos y asambleas ordinarias, cuando considere a su juicio
Necesario.
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