SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SINDICAL

FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN SINDICAL.

1.-    Llevar a cabo la capacitación referida a los derechos y obligaciones que como
        Trabajadores y miembros del Sindicato se tienen, procurando sensibilizar a los
        mismos sobre su esencia y conciencia de clase.
2.-    Organización de cursos en coordinación de Secretaria de Trabajo y Comisión de
        Capacitación y Adiestramiento.
3.-    Acordar con la Secretaría General lo relativo a su Cartera.
4.-    Promover la capacitación de trabajadores en coordinación de  la Secretaría de
        Trabajo y Comisión de Capacitación y Adiestramiento, que deseen estudiar niveles
        De educación básica, así como coadyuvar al incremento del nivel académico de los
        agremiados, así asesorar a los trabajadores en cuanto a sus derechos y obligaciones
        como tal
5.-    Promover la difusión en forma permanente del conocimiento de los diferentes
        Documentos que rijan la vida sindical y esencialmente los que regulan nuestra
        Organización, a partir de la Ley Federal del Trabajo, Reglamentos, Estatutos,
        Contrato Colectivo de Trabajo; demás ordenadamente demás ordenamientos
        Legales.
6.-    Realizar visitas constantes a las diferentes Delegaciones Sindicales, para mantener
        Contacto y comunicación con los miembros del Sindicato en coordinación 
        con la Secretaría de Organización y Propaganda, queda aquí y con un mínimo de
        tres representantes del Comité. 
7.-    Llevar el archivo fotográfico de las diversas actividades sindicales en coordinación
        Con la Comisión de Prensa.
8.-    Asumir la presidencia de debates ante la ausencia de candidatos para la misma
9.-    Responsable de la Biblioteca, así como de la Revista del Sindicato en coordinación
        Con la Comisión de Prensa.
10.-  Coordinar la Comisión de Prensa.
11.-  Será el Responsable de la actualización Bimestral de la pagina de Internet y de las
        Comunicaciones por Internet del Sindicato, deberá publicar por los medios de
        difusión todo ordenamiento interior para que los miembros del sindicato tengan
        acceso a sus contenidos.
12.-  Dará a conocer a todos los miembros del sindicato el contenido de los  documentos
        Ordenamientos, leyes, relativas a las funciones sindicales, laborales y estatutarias
        Para que los miembros del sindicato tengan conocimiento de sus efectos y alcances
13.-  Rendir informe anual de sus actividades.
14.-  Al término de la gestión, entregar expedientes de archivos debidamente
        Relacionados, al responsable electo y en presencia de la Secretaría de Actas y
        Acuerdos y las Comisiones de Vigilancia y Fiscalización y de Honor y Justicia.

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