ARTÍCULO 118. El Secretario Particular es auxiliar directo del Rector y organiza el trabajo interno de la oficina de la Rectoría y atenderá aquellos asuntos de la comunidad universitaria, así como externos de la Universidad que el Rector le encomiende.
Nosotros
Desde la Secretaría Particular, trabajamos con dedicación para brindar apoyo y acompañamiento a las distintas áreas que conforman nuestra universidad, asegurando una comunicación eficiente y una gestión institucional cercana y transparente. Nuestro compromiso es contribuir al buen funcionamiento institucional, promover vínculos de colaboración y facilitar el desarrollo de iniciativas que impulsen el crecimiento académico, cultural y social.