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1.
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¿Cuándo
y en qué casos los funcionarios y trabajadores
universitarios deberán presentar su declaración
patrimonial ?
Dentro de
los 60 días naturales siguientes a la toma
de posesión del cargo (inicial) o conclusión
del mismo (final). |
2. |
¿ Qué se debe
reportar en la Manifestación Inicial o Final
?
Todos los
bienes, valores y deudas que forman su situación
patrimonial a la fecha en que inicia o concluye el
cargo. |
3. |
¿ Qué documentos
requieren para agilizar el llenado del formato ?
- Cédula
de identificación expedida por la SHCP, o
bien cualquier documento que contenga el R.F.C.
- Escrituras
de los bienes inmuebles, pago de impuesto predial.
- Facturas
de vehículos.
- Contratos,
estados de cuenta de inversiones, de cheques, de
ahorro, de valores, crédito, gravámenes
o deudas.
- Comprobante
de percepción de sueldo y de otro tipo de
ingresos.
- La misma
documentación referente al cónyuge
o dependientes económicos.
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4. |
¿Quiénes
son dependientes económicos?
Son las personas,
familiares o no, cuya manutención depende directamente
del funcionario o trabajador universitario |
5. |
¿Qué bienes
deben ser declarados por el funcionario o trabajador
universitario ?
Todos
los bienes muebles e inmuebles, vehículos,
efectivo, los valores, cuentas bancarias e inversiones
en moneda nacional o extranjera, membresías,
concesiones que sean propiedad o copropiedad del manifestante,
cónyuge o dependientes económicos. |
6. |
¿Deben manifestarse
los bienes patrimoniales que se están pagando
mediante crédito ?
Sí.
Para los bienes inmuebles, muebles y vehículos,
se deberá seleccionar la forma de operación
“crédito” y anotar la fecha y valor
de operación, complementándose la información
en el apartado No. 4 del formato. |
7. |
¿Cuáles
son los requisitos generales para el llenado del formato
?
-
Deberá ser llenado con máquina de
escribir, computadora o con bolígrafo negro,
utilizando letras de molde mayúsculas.
-
No deberá tener tachaduras o enmendaduras.
-
Para
los espacios con casillas, utilizar sólo
una por cada letra o número
-
En
ningún caso abreviar nombres ni apellidos.
Cuando las casillas de registro sean insuficientes,
asentar la información completa en el apartado
de observaciones y aclaraciones.
-
Las cifras monetarias se anotarán en pesos
sin centavos.
-
Para el caso de mujeres casadas, anotar el nombre
de soltera.
-
Cuando el funcionario universitario perciba ingresos,
adquieran bienes o realicen alguna operación
consignada en este formato, en moneda extranjera,
mencionar la denominación de esa moneda,
su conversión en moneda nacional y tipo
de cambio aplicado.
-
Si el espacio para manifestar la declaración
patrimonial no es suficiente, podrá utilizar
fotocopia del rubro correspondiente, anexándola
al formato de la manifestación.
-
La suma del ingreso mensual serán los ingresos
netos (sueldo nominal menos IMSS e ISR) obtenido
por el manifestante, cónyuge y sus dependientes
económicos; sin considerar descuentos por
concepto de créditos (INFONAVIT, cuota
sindical, préstamos personales, pensión
alimenticia, seguros, FONACOT, etc.).
-
Cuando en alguna de las secciones del formato
no se tenga algo que declarar, marcar la opción
“ninguno” situado en la parte superior
derecha de los cuadros correspondientes.
-
La declaración deberá tener la firma
autógrafa del declarante.
-
El funcionario o trabajador universitario deberá
conservar copia de su declaración patrimonial,
así como el acuse de recibo debidamente
sellado por la Secretaría de la Contraloría
para cualquier aclaración.
-
En caso que el dato del día o mes sea un
solo número, se debe completar con cero
a la izquierda
-
Cerciórese de haber firmado en la línea
que aparece en la parte inferior derecha de cada
página de esta manifestación, en
caso contrario, sin su rúbrica el documento
carece de validez.
-
Para cualquier aclaración, se recomienda
al funcionario y/o trabajador universitario conservar
en su poder fotocopia de esta manifestación,
así como el original del acuse de recibo
debidamente sellado por la Secretaría de
la Contraloría.
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8. |
¿Cómo se integra
y debe reportase el valor de los bienes inmuebles
?
Considerando
el valor de adquisición más las mejoras
posteriores. |
9. |
¿Cómo reportar
las obras de construcción, ampliación
o remodelación en bienes inmuebles?
Esta
información solo es para la manifestación
final y se especificará en el apartado de observaciones
y aclaraciones el tipo de obra, superficie, fecha
de terminación y costo. |
10.
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¿En qué otro
caso se debe utilizar el espacio de observaciones
y aclaraciones del formato?
- Si se
marca en cualquiera de las secciones la opción
"otros".
- Si informa
la cancelación de una(s) cuenta(s) bancaria(s)
o de otro(s) instrumento(s) financiero(s).
- Si informa
la cancelación de un gravamen o adeudo.
- Si desea
aclarar o ampliar la información sobre cualquier
asunto referente a su patrimonio, así como
cualquier sugerencia o comentario sobre el formato.
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11. |
¿Cómo
deben reportarse los ingresos netos del manifestante,
cónyuge y sus dependientes?
Si es inicial indicar en cada uno de los conceptos
de ese apartado la suma mensual de los ingresos netos
(sueldo nominal menos I.M.S.S. e ISR) obtenidos por
el manifestante, cónyuge y sus dependientes,
sin considerar descuentos por concepto de créditos
(INFONAVIT, FONACOT, cuotas sindicales, préstamos
personales, etc.).
? En el caso que sea por conclusión de cargo,
anotará los ingresos netos obtenidos por el
manifestante, cónyuge y dependientes por el
período comprendido desde la última
manifestación (inicial o anual) presentada,
hasta la fecha de baja. |
12. |
¿Como
debe reportar la aplicación de sus recursos
el manifestante, cónyuge y dependientes en
caso de presentar la manifestación final ?
Se anotarán en cada espacio las cantidades
que el manifestante, cónyuge y dependientes
hubieran gastado por cada uno de los conceptos señalados
por el período comprendido desde la última
manifestación (inicial o anual) presentada,
hasta la fecha de conclusión del cargo. |
13. |
¿Qué sucede
si el funcionario o trabajador universitario no cumple
con esta obligación o la hace extemporáneamente
?
La Secretaría
de la Contraloría la requerirá, y en
caso de incumplimiento turnará el expediente
para el fincamiento de las responsabilidades correspondientes. |
14. |
¿Dónde
se debe presentar la Declaración Inicial o
Final ?
Este formato debidamente requisitado deberá
ser entregado en la Secretaría de la Contraloría,
en el edificio de Rectoría, Tels: 1921250 y
1921290; Horario de 9:00 a 15:30 hrs., si lo desea
podrá ser asesorado para resolver sus dudas
en el llenado correspondiente. |
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