UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
Declaración Patrimonial de Funcionarios y Trabajadores Universitarios

1.

¿Cuándo y en qué casos los funcionarios y trabajadores universitarios deberán presentar su declaración patrimonial ?

Dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión del cargo (inicial) o conclusión del mismo (final).

2.

¿ Qué se debe reportar en la Manifestación Inicial o Final ?

Todos los bienes, valores y deudas que forman su situación patrimonial a la fecha en que inicia o concluye el cargo.

3.

¿ Qué documentos requieren para agilizar el llenado del formato ?

  • Cédula de identificación expedida por la SHCP, o bien cualquier documento que contenga el R.F.C.
  • Escrituras de los bienes inmuebles, pago de impuesto predial.
  • Facturas de vehículos.
  • Contratos, estados de cuenta de inversiones, de cheques, de ahorro, de valores, crédito, gravámenes o deudas.
  • Comprobante de percepción de sueldo y de otro tipo de ingresos.
  • La misma documentación referente al cónyuge o dependientes económicos.
4.

¿Quiénes son dependientes económicos?

Son las personas, familiares o no, cuya manutención depende directamente del funcionario o trabajador universitario

5.

¿Qué bienes deben ser declarados por el funcionario o trabajador universitario ?

Todos los bienes muebles e inmuebles, vehículos, efectivo, los valores, cuentas bancarias e inversiones en moneda nacional o extranjera, membresías, concesiones que sean propiedad o copropiedad del manifestante, cónyuge o dependientes económicos.

 6.

¿Deben manifestarse los bienes patrimoniales que se están pagando mediante crédito ?

Sí. Para los bienes inmuebles, muebles y vehículos, se deberá seleccionar la forma de operación “crédito” y anotar la fecha y valor de operación, complementándose la información en el apartado No. 4 del formato.

 7.

¿Cuáles son los requisitos generales para el llenado del formato ?

  • Deberá ser llenado con máquina de escribir, computadora o con bolígrafo negro, utilizando letras de molde mayúsculas.
  • No deberá tener tachaduras o enmendaduras.
  • Para los espacios con casillas, utilizar sólo una por cada letra o número
  • En ningún caso abreviar nombres ni apellidos. Cuando las casillas de registro sean insuficientes, asentar la información completa en el apartado de observaciones y aclaraciones.
  • Las cifras monetarias se anotarán en pesos sin centavos.
  • Para el caso de mujeres casadas, anotar el nombre de soltera.
  • Cuando el funcionario universitario perciba ingresos, adquieran bienes o realicen alguna operación consignada en este formato, en moneda extranjera, mencionar la denominación de esa moneda, su conversión en moneda nacional y tipo de cambio aplicado.
  • Si el espacio para manifestar la declaración patrimonial no es suficiente, podrá utilizar fotocopia del rubro correspondiente, anexándola al formato de la manifestación.
  • La suma del ingreso mensual serán los ingresos netos (sueldo nominal menos IMSS e ISR) obtenido por el manifestante, cónyuge y sus dependientes económicos; sin considerar descuentos por concepto de créditos (INFONAVIT, cuota sindical, préstamos personales, pensión alimenticia, seguros, FONACOT, etc.).
  • Cuando en alguna de las secciones del formato no se tenga algo que declarar, marcar la opción “ninguno” situado en la parte superior derecha de los cuadros correspondientes.
  • La declaración deberá tener la firma autógrafa del declarante.
  • El funcionario o trabajador universitario deberá conservar copia de su declaración patrimonial, así como el acuse de recibo debidamente sellado por la Secretaría de la Contraloría para cualquier aclaración.
  • En caso que el dato del día o mes sea un solo número, se debe completar con cero a la izquierda
  • Cerciórese de haber firmado en la línea que aparece en la parte inferior derecha de cada página de esta manifestación, en caso contrario, sin su rúbrica el documento carece de validez.
  • Para cualquier aclaración, se recomienda al funcionario y/o trabajador universitario conservar en su poder fotocopia de esta manifestación, así como el original del acuse de recibo debidamente sellado por la Secretaría de la Contraloría.
 8.

¿Cómo se integra y debe reportase el valor de los bienes inmuebles ?

Considerando el valor de adquisición más las mejoras posteriores.

 9.

¿Cómo reportar las obras de construcción, ampliación o remodelación en bienes inmuebles?

Esta información solo es para la manifestación final y se especificará en el apartado de observaciones y aclaraciones el tipo de obra, superficie, fecha de terminación y costo.

 10.

¿En qué otro caso se debe utilizar el espacio de observaciones y aclaraciones del formato?

  • Si se marca en cualquiera de las secciones la opción "otros".
  • Si informa la cancelación de una(s) cuenta(s) bancaria(s) o de otro(s) instrumento(s) financiero(s).
  • Si informa la cancelación de un gravamen o adeudo.
  • Si desea aclarar o ampliar la información sobre cualquier asunto referente a su patrimonio, así como cualquier sugerencia o comentario sobre el formato.

 11.

¿Cómo deben reportarse los ingresos netos del manifestante, cónyuge y sus dependientes?

Si es inicial indicar en cada uno de los conceptos de ese apartado la suma mensual de los ingresos netos (sueldo nominal menos I.M.S.S. e ISR) obtenidos por el manifestante, cónyuge y sus dependientes, sin considerar descuentos por concepto de créditos (INFONAVIT, FONACOT, cuotas sindicales, préstamos personales, etc.).
? En el caso que sea por conclusión de cargo, anotará los ingresos netos obtenidos por el manifestante, cónyuge y dependientes por el período comprendido desde la última manifestación (inicial o anual) presentada, hasta la fecha de baja.

 12.

¿Como debe reportar la aplicación de sus recursos el manifestante, cónyuge y dependientes en caso de presentar la manifestación final ?

Se anotarán en cada espacio las cantidades que el manifestante, cónyuge y dependientes hubieran gastado por cada uno de los conceptos señalados por el período comprendido desde la última manifestación (inicial o anual) presentada, hasta la fecha de conclusión del cargo.

 13.

¿Qué sucede si el funcionario o trabajador universitario no cumple con esta obligación o la hace extemporáneamente ?

La Secretaría de la Contraloría la requerirá, y en caso de incumplimiento turnará el expediente para el fincamiento de las responsabilidades correspondientes.

 14.

¿Dónde se debe presentar la Declaración Inicial o Final ?

Este formato debidamente requisitado deberá ser entregado en la Secretaría de la Contraloría, en el edificio de Rectoría, Tels: 1921250 y 1921290; Horario de 9:00 a 15:30 hrs., si lo desea podrá ser asesorado para resolver sus dudas en el llenado correspondiente.

Diseño: Coordinación de Desarrollo de Servicios-DSI Creado el 2-10-2006
Fuente:Secretaría de la Contraloría