LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS



El presente documento está sustentado en la tesis que elaboró el C. Marcos  Aguilar Vega para adquirir el título de Licenciado en Derecho

ANTECEDENTES
 

La Universidad Autónoma de Querétaro, presagio de la edad moderna y receptáculo de los valores mas decantados: la libertad para saber y la independencia para actuar, ha logrado a partir de sus raíces seculares su fisonomía actual. Los diversos ordenamientos sobre los que se ha asentado conforman una arqueología jurídica para los contornos legales de las corporaciones universitarias. El derecho ha sido siempre un aliado en la afirmación de la universidad.

Nacida ésta de la lucha del saber contra los poderosos, las fuerzas de la incipiente corporación se fundieron a favor del ejercicio de las libertades en la obtención del saber: libertad de enseñar, libertad de aprender. Esa lucha continua se ha centrado en el reconocimiento por parte del Estado, de las tareas encomendadas y de los objetivos trazados.

Como parte de un compromiso superior, a la vigencia de las normas jurídicas, la Universidad Autónoma de Querétaro, tiene el deber de proyectar su atención a resolver los grandes problemas estatales y nacionales, que no sean otra cosa que aquellos que enfrenta la ciencia en sus respectivos ámbitos, y no ser sorprendida por las exigencias del momento por estar al margen de los problemas vigentes a través del tiempo.

El análisis con profundidad del desarrollo que ha tenido la universidad pública desde sus inicios, reproduce en su historia jurídica los avatares de las diferentes naciones, en particular nuestro estudio se enfoca a la mexicana, la cual no ceja en la búsqueda de una identidad y de un proyecto. Estas, nuestras instituciones, disueltas o errabundas en colegios, escuelas, facultades e institutos, se albergaron en palacios, almacenes u otros lugares, hasta conseguir el sosiego con instalaciones permanentes y decorosas y un régimen jurídico que garantiza su existencia libre y autónoma lo mismo ante las fuerzas internas, las ajenas a ella o inclusive ante el propio Estado.

Decir "comunidad" implica decir que sus partes integrantes tienen algo en común: concepciones de medios y fines, una legislación, una representación, etc.,. Evoca la imagen de unidad, orden, solidaridad. No importa que la universidad este constituida por múltiples sectores o comunidades: siempre podrá hablarse de una gran o mayor comunidad universitaria, unida por un vago pero efectivo espíritu universitario. El riesgo mas característico de la universidad actual es su capacidad de automovilización, tanto para cuestionar la estructura del poder y el orden social, como para proponer utopías concretas de lo que debe ser la sociedad y la existencia humana en la próxima civilización; todos estos, conceptos que permiten definir a la comunidad universitaria en su función especifica dentro de una nación.

A fin de los años sesenta se abrió en muchas partes del mundo un debate sobre la "democracia" en las universidades, que comprendía dos aspectos: las posibilidades de acceso a la educación universitaria por todas las capas de la población; los mecanismos de representación y decisión en el interior de las propias universidades; son varias las propuestas planteadas y que ha grandes rasgos con alguna exageración o simplificación pueden resumirse así: eliminación de barreras institucionales y académicas para el acceso a las universidades; elección universal, directa y secreta de las autoridades universitarias y participación paritaria de estudiantes, profesores y trabajadores en los órganos universitarios. Todo ello es condición previa, para que la universidad actúe verdaderamente como agente de transformación social.

Debe reconocerse que los fines de esta propuesta, - participación, el compromiso, la supresión de la injusticia – aunque difíciles de obtener, suenan bastante atractivos, además de despertar un enorme interés en todos los ámbitos universitarios.

Aunque esa correlación no es forzosa, la relativa proliferación de este ejemplo me lleva a pensar que la "democracia" universitaria de alguna manera tendrá que desarrollarse mediante criterios distintos de los que imperan en el "mercado" de programas políticos ideológicos. Después habría que definir y justificar convincentemente estas diferencias, propósito que será materia de otro análisis.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos integra desde 1917 hasta la época actual de manera clara el asentamiento que con el tiempo ha tenido la universidad y que se muestra con su fisonomía actual, esto ha revolucionado directamente los cuerpos normativos que rigen en todas las universidades, como la nuestra, desde 1951 como Universidad de Querétaro hasta el momento y que ha presenciado la aparición y desaparición de varias leyes orgánicas en nuestra institución.

De igual forma la autonomía universitaria ha generado para las instituciones públicas una revolución en sus cuerpos normativos. La autonomía en Querétaro otorgada el 29 de Enero de 1959 y en la actualidad la Ley Orgánica de la U.A.Q. en cuyo articulo 1o. establece que " la Universidad autónoma de Querétaro as un organismo público descentralizado del Estado dotado de autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propio. La autonomía implica la facultad y responsabilidad de gobernarse a si misma, bajo los principios de libertad de cátedra, libertad de investigación, libertad de difusión de la cultura y libertad para prestar servicio social a la comunidad"; el concepto es una ilustración de las diferentes soluciones que pueden darse para el funcionamiento de una institución con características tan peculiares como la nuestra; de ahí la importancia de la autonomía universitaria para el ejercicio de la docencia, investigación y extensión universitaria.

La garantía de la autonomía universitaria debe buscarse, no en las declaraciones escritas o en los acuerdos administrativos, sino en una opinión pública convencida de que las universidades puedan servir mejor a la comunidad si se les da la libertad para tomar sus propias decisiones. Hoy, la autonomía universitaria tiene un compromiso con los universitarios y la comunidad: Debe responsabilizares de la selección de sus alumnos, de la elaboración de sus programas y planes de estudio, responder a los problemas nacionales, elevar el nivel cultural del personal docente y administrativo, de sus alumnos, y emplear sus tareas en la investigación y en la extensión universitaria.

Para llevar a cabo tal objetivo, la reforma universitaria resulta imprescindible, partiendo de la premisa de la reestructuración de los órganos de gobierno y administración universitaria, y en general todos los aspectos que resulten obsoletos. Porque nuestra institución debe ser un centro de constante renovación cientifico-cultural y conciencia critica de la sociedad.

La Ley Orgánica de la U. A. Q., cuerpo legal que aborda la integración de la universidad, sus autoridades, su personalidad, su patrimonio, su administración y sus procedimientos legislativos internos.

Por la técnica seguida en la Ley, sus disposiciones tienen eficacia y permiten la adopción de medidas secundarias, de cada artículo se generan disposiciones que dan lugar a una copiosa reglamentación emanada de un órgano con facultades legislativas, entre otras, como es el H. Consejo Universitario; este conjunto de disposiciones con la denominación genérica de Legislación Universitaria rige las funciones de esta Casa de Estudios desde aproximadamente 50 años, abarca aspectos tendientes a cumplir con las funciones sustantivas de la universidad, que como mandato de Ley se contienen en su articulo 1 y 44. En este sentido, la Ley Orgánica no es sólo una disposición, sino la fuente jerárquica de órganos de autoridad, disposiciones jurídicas subordinadas y principios rectores.

En el caso de las autoridades, éstas son Unipersonales y Colegiadas, de carácter técnico, consultivo o de naturaleza ejecutiva. Ejercen las atribuciones que les señalan las diversas disposiciones siempre dentro del marco de los fines y principios sobre los que se sustenta al trabajo universitario. Entre las personas ejecutivas destacan el Rector, los Directores y Coordinadores de las escuelas y facultades. De las colegiadas, con naturaleza eminentemente técnica, consultiva y de supervisión destacan, el H. Consejo Universitario, los Consejos Académicos y los Consejos Técnicos.

Como marco de acción de los miembros de la comunidad universitaria se han derivado de la vigente Ley Orgánica mas de 20 cuerpos que norman las labores de docencia, investigación y difusión de la cultura con el propósito de atender y contribuir de manera altruista, a resolver los grandes problemas nacionales de las diversas áreas del conocimiento. Como resultado del análisis planteado con antelación en esta investigación, y de la importancia tan relevante que representa introducimos en la historia de la universidad pública así como el complejo capítulo de la autonomía universitaria, estos nos permitieron asegurarnos que dichos conceptos y temas verdaderamente estén concentrados en un cuerpo normativo adecuado a las necesidades de nuestra Casa de Estudios.

Es materia de este Capitulo plantear una aportación que ha nuestro juicio no es la panacea que eliminaría todos los problemas, pero que de lo contrario resultaría interesante para la comunidad universitaria y que dan a nuestro cuerpo normativo la transparencia necesaria para desarrollar la actividad sustantiva de la institución.

La Ley Orgánica se encuentra en muchos aspectos a la altura de ordenamientos jurídicos de universidades con gran prestigio nacional, sin embargo son muchas las circunstancias que rodean la vida cotidiana de la misma, han pasado 14 años desde que la Ley sufrió dicha reforma y por consecuencia la universidad requiere de una importante transformación en aspectos medulares como mantener la hegemonía en la formación del pensamiento critico en Querétaro.

Señalar de manera casuística y referirnos concretamente a una disposición planteada en la Ley Orgánica y expresar si es correcta o incorrecta, que si esta bien o mal aplicada, que si tiene o no destinada la importancia suficiente para verse reflejada en beneficio de los universitarios, nos llevaría definitivamente a entrar a un oscuro y difícil camino que pudiera resolver atinadamente los problemas con este sencillo análisis, definitivamente requiere de un estudio mas profundo, es por eso que nuestra propuesta y aportación están destinadas a la creación de una institución que brinda a la Ley Orgánica un importante apoyo y que permita a la misma dar mayor claridad y transparencia en todos los procesos da la tarea sustantiva y administrativas de la universidad: esta institución as la Defensoría de los Derechos Universitarios.

Así pues, nos referiremos a la Defensoría da los Derechos Universitarios de la Universidad Autónoma da Querétaro.

En los últimos años la U. A. Q. ha tenido un crecimiento en su población académica y estudiantil que alcanza aproximadamente la suma da 20,000 personas. Esta situación hace propicia la generación de conflictos derivados de las relaciones entre los miembros del personal académico, los estudiantes y las autoridades. Nuestra Casa de Estudios no cuenta hasta el momento con una institución a la que puedan acudir aquellos en defensa de los derechos que le otorga la Ley y la Legislación Universitaria.

Es por lo anterior que planteamos en este ensayo la intención de consientizar a la población universitaria de las virtudes de esta institución y convocarles para fortalecer la propuesta misma que enaltece la convicción universitaria.
 


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