Sabado 18 de Mayo de 2013
Misión
Visión
Política de Calidad
Estructura
Orgánica
Legislación
Consejo
Universitario
Convocatorias
a Sesión
Acuerdos de
Consejo
Actas a
Sesión
Buzón
1er. Informe
  • MISIÓN

    Impartir educación universitaria de calidad, en sus distintas modalidades en los niveles medio superior y superior; formar profesionales competitivos al servicio de la sociedad; llevar a cabo investigación humanística, científica y tecnológica, generadora de bienestar y progreso en su ámbito de influencia; difundir y extender los avances del humanismo, la ciencia, la tecnología y el arte, contribuir en un ambiente de participación responsable, apertura, libertad, respeto y crítica propositiva al desarrollo al logro de nuevas y mejores formas de vida y convivencia humana.

  • VISIÓN

    La UAQ es una institución de educación superior con pertinencia social, financieramente viable, que centra la atención en la formación de sus estudiantes para asegurar su permanencia y su desarrollo integral, con programas educativos reconocidos por su buena calidad. Genera y aplica el conocimiento, forma recursos humanos en investigación, con cuerpos académicos consolidados, integrados en redes de colaboración a nivel nacional e internacional; con procesos de gestión, eficaces y eficientes, contribuyendo a la preservación y difusión de la cultura, estrechamente vinculada con los diferentes sectores de la sociedad, promoviendo la pluralidad y libertad de pensamiento.

  • POLÍTICA DE CALIDAD

    En un ambiente de integridad y orden en la Universidad Autónoma de Querétaro, nos comprometemos a aplicar la calidad en los programas académicos, en los servicios y en la investigación.

    Mejoramos continuamente para superar las expectativas académicas de los alumnos y el servicio que brindamos a los trabajadores y a la sociedad.

  • CONSEJO UNIVERSITARIO

     

     
     
    Tiene las siguientes facultades:
       

    I.

    Expedir el Estatuto Orgánico y las demás normas reglamentarias de esta Ley.
       
    II.
    Crear, modificar o suprimir facultades, Escuelas, Planteles o Institutos, Secretarías, Direcciones, Centros, Departamentos, títulos y grados universitarios y ubicar los estudios dentro de las áreas académicas del conocimiento.
       
    III.
    Aprobar los planes y programas de estudio e investigación propuestos por las dependencias académicas competentes.
       
    IV.
    Nombrar al Rector, removerlo por causa grave, conocer de su renuncia y de sus licencias; y designar al Rector sustituto, interino o provisional, en los términos de la legislación universitaria.
       
    V
    Designar a los Directores de las Facultades, Escuelas e Institutos de la terna que por conducto del Rector presente el Consejo Académico respectivo y conocer de sus licencias y renuncias o removerlos por causa grave en los términos de la legislación universitaria.
       
    VI.
    Ratificar o no el nombramiento de Coordinador de Plantel que haga el Rector de la terna que el Consejo Académico correspondiente le presente.
       
    VII.
    Nombrar un Comité de Planeación presidido por el Rector e integrado por los Secretarios, Coordinadores de las Áreas Académicas del Conocimiento, Directores de Áreas, Escuelas, Facultades, Institutos, Coordinadores de Plantel y dirigentes estudiantiles, cuya función sea formular o adecuar el Plan de Desarrollo de la Universidad.
       
    VIII. Emitir acuerdos en materia de incorporación y revalidación de estudios.
       
    IX. Estudiar y sancionar el presupuesto general anual de ingresos y egresos.
       
    X. Hacer cumplir la legislación universitaria aplicando las sanciones por violación a la misma.
       
    XI. Conferir los grados honoríficos y designar profesores eméritos.
       
    XII. Autorizar exámenes profesionales y ceremonias de titulación.
       
    XIII. Conocer de los informes mensual y anual del Rector.
       
    XIV. Designar comisiones en los asuntos de su competencia.
       
    XV. Conocer y resolver conflictos que se presenten entre los órganos de la Universidad.
       
    XVI. Conocer y resolver cualquier asunto cuya competencia no corresponda a otras autoridades universitarias.
       
    XVII. Las demás que le otorgue la Legislación Universitaria.
     

  • Mejora Continua de la Calidad-UAQ

    Ayúdanos a mejorar enviándonos tus quejas o sugerencias al Rector escribiendo un correo a:

    rectoria@uaq.mx

  •  

  • Secretaría Académica
    Dr. en Der. César García Ramírez
    Tel. (442) 192 12 00 Ext. 3200
    Directo: (442) 192 12 43
    E-mail: sacad@uaq.mx

     El Secretario Académico tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

     

    • Responder de la planeación, organización, dirección y control de la dependencia a su cargo;
    • Elaborar y mantener actualizados los manuales de procedimientos de la Secretaría a su cargo, los que deberán ser aprobados por el Rector;
    • Proponer modificaciones a la legislación universitaria en materia académica;
    • Coordinar los procedimientos para convalidación y revalidación de estudios;
    • Coordinar los procedimientos de incorporación, supervisión, permanencia y desincorporación de estudios de otras instituciones educativas;
    • Promover acciones tendientes a la flexibilización de programas académicos y la aplicación de modalidades alternas para el cumplimiento de dichos programas;
    • Promover medidas para mejorar la calidad, eficiencia y pertinencia social de los programas académicos vigentes;
    • Promover programas de atención integral a estudiantes para eficientar su aprovechamiento escolar;
    • Acordar diariamente con el Rector el despacho de los asuntos del ramo;
    • Firmar, conjuntamente con el Rector, las actas de sesiones del Consejo Universitario;
    • Utilizar y resguardar los sellos académicos de la Universidad;
    • Desempeñar la función de Secretario del Consejo Universitario
    • Suplir al Rector en sus ausencias, cuando no excedan de sesenta días;
    • Coordinar la custodia del archivo académico de la Universidad;
    • Expedir certificados académicos;
    • Expedir constancias y certificaciones de los documentos que se encuentren en los archivos de la Universidad, previa responsiva del titular de la dependencia correspondiente; 
    • Dar fe de los actos jurídicos, académicos y administrativos en los que intervenga la Universidad; 
    • Promover, coordinar y supervisar los programas académicos y de investigación de la Universidad;
    • Promover relaciones académicas entre las diversas dependencias, Campus y planteles;
    • Programar para su aprobación por el Consejo Universitario, los calendarios académicos;
    • Elaborar y publicar anualmente, en el mes de octubre, un catálogo de los programas académicos vigentes, incluyendo mapas curriculares de cada uno, así como perfiles de ingreso y egreso y matricula posible al siguiente ciclo escolar;
    • Fomentar y coordinar el intercambio y colaboración académica con otras instituciones de educación media superior y superior;
    • Proponer, coordinar y vigilar los procedimientos de ingreso de los aspirantes a las diversas Facultades, Escuelas, Institutos, Campus y Planteles de la Universidad;
    • Coordinar y supervisar los procedimientos de permanencia, egreso, titulación, especialización y graduación de los alumnos y egresados de la Universidad;
    • Mantener actualizado el acervo de planes de estudio y programas académicos de otras instituciones de educación media superior y superior, para efectos de los procedimientos de revalidación de estudios;
    • Coordinar los procedimientos de apertura, modificación, reestructuración y supresión de Facultades, Escuelas, Institutos, Campus y Planteles;
    • Coordinar los procedimientos de apertura, modificación, reestructuración y supresión de programas académicos y proyectos de investigación;
    • Coordinar los proyectos académicos y de investigación para la obtención de recursos financieros extraordinarios;
    • Delegar sus funciones, previo acuerdo con el Rector, en los Directores de las dependencias involucradas;
    • Coordinar los programas de capacitación, actualización y desarrollo del personal académico;
    • Emitir las bases para los servicios de informatización académica; y
    • Las demás que le asignen la legislación universitaria y, en su caso, el Rector.

     

    Organigrama

    Capítulo IV- Artículo 113 del Estatuto Orgánico de la Univesidad Autónoma de Querétaro

  • Secretaría Administrativa
    Biól. Jaime Ángeles Ángeles
    E-mail: sexten@uaq.mx
    Tel. (442) 192 12 00 EXT. 3300
    Directo: (442) 192 12 06

     

    El Secretario Administrativo tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

    • Colaborar con el Rector en la planeación, organización, dirección y control del área bajo su responsabilidad;
    • Elaborar  y  proponer programas de trabajo y proyectos específicos de la Secretaría a su cargo;
    • Coordinar el otorgamiento de servicios generales y apoyo administrativo a las diversas dependencias universitarias;
    • Vigilar el cumplimiento de las políticas y programas que se implanten dentro del área administrativa;
    • Acordar diariamente con el Rector el despacho de los asuntos del ramo;
    • Diseñar los procedimientos tendientes a la organización de los recursos y agilización de los trámites internos administrativos;
    • Coordinar y dirigir los servicios de apoyo administrativo tales como audiovisual, mantenimiento, almacén, oficialía de partes, procesamiento de datos, transporte y otros que resulten necesarios para el adecuado funcionamiento de las dependencias universitarias;
    • Procurar la interacción de las unidades que integran la estructura universitaria, facilitando el desarrollo de programas institucionales administrativos;
    • Evaluar los programas de trabajo que se desarrollen en su área;
    • Autorizar las requisiciones de las diferentes dependencias universitarias;
    • Supervisar la selección del personal administrativo;
    • Coordinar los programas de adiestramiento, capacitación y desarrollo del personal;
    • Supervisar la coordinación de los movimientos del personal;
    • Las demás que le confieran el Rector y la legislación universitaria.

     

    Capítulo IV- Artículo 114 del Estatuto Orgánico de la Univesidad Autónoma de Querétaro
  • Secretaría de la Contraloría
    M.A.P Rosalba Rodriguez Durán
    E-mail: scontra@uaq.mx
    Tel. (442) 192 12 00 EXT. 3400
    Directo: (442) 192 12 90

     

    El Secretario de la Contraloría tiene las facultades y obligaciones siguientes:

    • Asegurar que la Universidad ejerza sus recursos de conformidad con el Presupuesto de Ingresos y Egresos sancionado por el Consejo Universitario, así como el cumplimiento de los planes, programas y metas;
    • Establecer las políticas, métodos y procedimientos de control y verificar su cumplimiento;
    • Evaluar el desempeño administrativo de cada una de las dependencias, formular observaciones y recomendaciones preventivas y correctivas para lograr eficiencia administrativa y eficacia operativa en el desempeño de sus tareas;
    • Practicar y ordenar la realización de auditorías administrativas, financieras y de desempeño a las diversas dependencias universitarias, de conformidad con la legislación universitaria, los programas de trabajo y normas de orden técnico expedidas por los secretarios y directores;
    • Cooperar con los auditores externos que auditan a la Universidad;
    • Actuar como órgano de consulta y asesoría para el mejoramiento del control y fiscalización de los recursos de la Universidad;
    • Atender las quejas y denuncias que le presenten y que se relacionen con el presunto uso indebido de los recursos y del patrimonio de la Universidad;
    • Organizar y mantener actualizado el sistema de declaraciones patrimoniales de los funcionarios universitarios, recibirlas, registrarlas, requerirlas y sancionar el incumplimiento, en su caso; 
    • Elaborar y mantener actualizado el manual de organización de la Universidad, sus manuales de procedimientos y auxiliar a las demás dependencias en la elaboración y actualización de los manuales correspondientes;
    • Solicitar a las diferentes dependencias, la información y documentación que se considere necesaria a fin de dirimir o resolver una queja, denuncia o inconformidad que se somete a la atención del Secretario;
    • Actuar como unidad de información pública y enlace, para recibir peticiones, gestionar y proporcionar la información pública en poder de la Universidad, a quienes lo soliciten, de acuerdo con las leyes de la materia. Al efecto, establecerá los procedimientos para garantizar el acceso a la información universitaria;
    • Vigilar el uso correcto de los recursos y, en general, del patrimonio de la Universidad;
    • Participar en los órganos colegiados que la legislación o el Rector determinen;
    • Intervenir en los procesos de entrega-recepción de las dependencias de la Universidad;
    • Exigir comprobaciones pendientes con la Universidad;
    • Realizar confrontas sobre el resultado de las auditorías practicadas;
    • Cooperar y actuar coordinadamente con las demás dependencias en todas aquellas actividades que le sean comunes;
    • Informar al Rector, cuando con motivo de sus funciones tenga conocimiento de hechos que pudieran implicar algún tipo de responsabilidad administrativa o de cualquier otra naturaleza;
    • Coadyuvar en los procedimientos legales correspondientes para fincar responsabilidades a trabajadores de la Universidad;
    • Formar parte del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad, con las facultades y obligaciones previstas en el reglamento correspondiente; y
    • Las demás que le asignen la legislación universitaria y, en su caso, el Rector.

     

    organigrama

    Capítulo IV- Artículo 116 del Estatuto Orgánico de la Univesidad Autónoma de Querétaro
  • Secretaría de Extensión Universitaria
    Q. B. Magali Elizabeth Aguilar Ortiz
    E-mail: sexten@uaq.mx
    Tel. (442) 192 12 00 EXT. 3500
    Directo: (442) 192 12 62

    Son facultades y obligaciones del Secretario de Extensión Universitaria:

    • Coordinar las labores en la Universidad con la finalidad de promover con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura;
    • Impulsar las corrientes más significativas del arte, la ciencia y las humanidades, a fin de elevar el nivel cultural de la comunidad universitaria y de la entidad;
    • Representar a la Universidad Autónoma de Querétaro en las actividades culturales en que participe;
    • Promover  las actividades de Extensión Universitaria que realicen las diversas dependencias de la Universidad;
    • Coordinar la participación de la Universidad en planes de trabajo relacionados con la extensión de los beneficios de la cultura en favor de la comunidad queretana;
    • Conocer  y relacionarse con los organismos que atiendan actividades socioculturales, de Servicio Social y que empleen medios masivos de comunicación;
    • Coordinar la Comisión Editorial y fungir como Vicepresidente del Consejo Editorial de la Universidad;
    • Asesorar a la Secretaría de Finanzas, en lo relativo a la promoción y distribución de la librería y del fondo editorial;    
    • Las demás que le asignen la legislación universitaria y, en su caso, el Rector.

     

    organigrama

    Capítulo IV- Artículo117 del Estatuto Orgánico de la Univesidad Autónoma de Querétaro

  • Secretaría de Finanzas
    Dr. José Antonio Robles Hernández
    E-mail: sfinan@uaq.mx
    Tel. (442) 192 12 00 EXT. 3600
    Directo: (442) 192 12 42

    Son facultades y obligaciones del Secretario de Finanzas:

    • Administrar los recursos financieros de la Universidad, que ejerzan las diversas dependencias responsables, en estricto apego al Presupuesto de Ingresos y Egresos, así como otros recursos extraordinarios, conforme a los procedimientos establecidos;
    • Elaborar y mantener actualizados los manuales de procedimientos de la Secretaría a su cargo, los que deberán ser aprobados por el Rector;
    • Otorgar caución por la administración de los recursos financieros de la Universidad, en los términos que determine el Rector;
    • Presentar mensualmente al Rector un informe de la situación financiera del mes anterior, el que también se entregará al Consejo Universitario;
    • Presentar al Rector, en el primer mes posterior al cierre del ejercicio anual, un informe pormenorizado;
    • . Elaborar y mantener actualizados los manuales de procedimientos de la Secretaría a su cargo, los que  deberán ser aprobados por el Rector;
    • Responder del aspecto contable y del control financiero de la Universidad;
    • Establecer las políticas, métodos y procedimientos de Contabilidad más adecuados a las necesidades de la Universidad;
    • Dirigir la operación de un sistema integral de Contabilidad y control presupuestal en toda la Institución;
    • Mantener actualizados los registros contables y estados financieros;
    • Tener a disposición del Consejo Universitario y del Rector, el archivo de la Secretaría a su cargo y rendirles los informes que éstos soliciten; 
    • Cooperar  en los límites de su competencia, conjuntamente con la Secretaría de la Contraloría, con los auditores externos que auditen los estados financieros de la Universidad;
    • Implementar y mantener el sistema del presupuesto más idóneo para la Institución y determinar las partidas presupuestales para su ejecución;
    • Preparar la documentación para el cumplimiento de las obligaciones de índole fiscal; 
    • Gestionar y mantener relaciones con las autoridades federales y locales en materia de subsidios;
    • Administrar los recursos bancarios, invertir y reinvertir los excedentes temporales en instrumentos de máxima rentabilidad y seguridad;
    • Hacer cumplir las políticas, procedimientos y controles para la recepción, custodia y desembolso de efectivo y valores de la Institución;
    • Mantener relaciones y convenios con las instituciones financieras para la obtención de recursos adicionales y otros servicios;
    • Diseñar e implementar programas de promoción financiera para allegar fondos adicionales a la Universidad;
    • Vigilar y aplicar el arancel por los servicios que preste la Universidad;
    • Asesorar sobre la conveniencia de adquirir o vender bienes muebles e inmuebles de la Institución de acuerdo a las necesidades de ésta;
    • Formar parte del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad, con las facultades y obligaciones previstas en el reglamento correspondiente; y
    • Las demás que le asignen la legislación universitaria y, en su caso, el Rector.

    organigrama

    Capítulo IV- Artículo 115 del Estatuto Orgánico de la Univesidad Autónoma de Querétaro

  • Secretaría Particular
    Dr. Martha Gloria Morales Garza

    Tel. (442) 192 12 00 EXT. 3701
    Directo: (442) 192 12 99


    COORDINACIONES

    Coordinacion de Servicios Audiovisuales

    Coordinacion de Casa Universitaria

    Coordinacion Operativa

  • DRA. Rebeca del Rocío Peniche Vera
    Secretaria de la  Rectoría
    Tel. (442) 1921200 Ext. 3100 

    Coordinaciones

    Coordinacion de Becas

  • Secretarío Ejecutivo del Comité de Planeación y Representante Institucional
    Dr. Bernardo Romero Vázquez

    Tel. (442) 192 12 00 EXT. 3139

    La Secretaría Ejecutiva del Comité de Planeación tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

    • Formular, analizar, discutir y presentar al Consejo Universitario el Plan Institucional de Desarrollo de la Universidad;
    • Revisar anualmente el Plan Institucional de Desarrollo de la Universidad, realizando las adecuaciones necesarias al mismo;
    • Evaluar el cumplimiento de las metas trazadas en el Plan Institucional de Desarrollo de la Universidad;
    • Establecer indicadores para la evaluación y seguimiento del desarrollo institucional de la Universidad; 
    • Sugerir al Rector la instauración de políticas institucionales, así como de estrategias para cumplirlas; 
    • Proponer la definición y actualización del Modelo Educativo Institucional, con base en los fundamentos normativos, los requerimientos de desarrollo del entorno y las perspectivas de innovación educativa a nivel nacional e internacional;
    • Establecer directrices y mecanismos que aseguren los criterios de calidad, cobertura, pertinencia y equidad de los programas institucionales que se realicen por las diversas funciones sustantivas de la Universidad; 
    • Impulsar directrices y mecanismos de fortalecimiento de los cuerpos académicos y grupos colegiados de docentes que apoyen los programas educativos, líneas de investigación y los programas de extensión en su articulación con el Plan Institucional de Desarrollo; 
    • Conocer, dictaminar y en su caso aprobar la creación y modificación de Facultades, Escuelas e Institutos; 
    • Promover la articulación interdisciplinaria y coordinar los programas de fortalecimiento y desarrollo de las Facultades, Escuelas e Institutos, derivados de las funciones institucionales universitarias; 
    • Conocer, dictaminar y en su caso aprobar la creación, reestructuración, modificación y ubicación institucional de los programas educativos; 
    • Emitir opinión en los casos de solicitud de incorporación de programas educativos; y
    • Las demás que le asigne la Legislación Universitaria y en su caso el Rector.

     

    organigrama

    Capítulo V- Artículo 120 del Estatuto Orgánico de la Univesidad Autónoma de Querétaro

  • DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

    DRA. TERESA GUZMAN FLORES
    DIRECTORA
    Tel. (442) 1921200 Ext. 3220

    COORDINACIONES

    Coordinación de Sistemas

    Coordinación de Mantenimiento de Equipo de Cómputo

    Coordinación de Servicios  de Informatización

    Coordinación de Servicios Web

    Coordinación de Tecnologías de la Información Campus Aeropuerto




     

  • OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

    M. EN D. OSCAR GUERRA BECERRA
    DIRECTOR
    Tel. (442) 1921200 Ext. 3110 y 3111