LICENCIATURA EN DERECHO

Nivel CIIES/Padrón CONACYT: Nivel 1

No. de Docentes con perfil y pertenecientes al SIN: 6


No. de Docentes pertenecientes al SIN: 1

Requisitos de ingreso (señalar si hay alguno especial para alumnos foráneos o extranjeros):

De conformidad con el Reglamento de Inscripciones de la Universidad Autónoma de Querétaro se plantean los siguientes requisitos:

1. Certificado de enseñanza media superior.
2. Original y dos copias de acta de nacimiento
3. Certificado de Salud
4. Fotografías tamaño infantil
5. Asistir y aprobar el curso de inducción
6. Presentar el examen previo a la licenciatura.
7. Presentar y aprobar el examen de admisión.
8. Aparecer como aspirante seleccionado en las relaciones que publique la Universidad Autónoma de Querétaro
9. Pagar derechos de admisión, credencial, inscripción y laboratorios.


El procedimiento que habrán de seguir los aspirantes es el siguiente: los interesados deberán realizar un curso de inducción con carácter obligatorio, así como acreditar el mismo a través de un examen.

Los aspirantes que hayan aprobado satisfactoriamente el curso de inducción tendrán derecho a presentar el examen único e ingreso que al efecto de determine la Universidad Autónoma de Querétaro.

Por último, la aceptación de los aspirantes estará sujeta a los resultados obtenidos en este proceso y mediante los instrumentos utilizados para ello.

Del artículo 13 del reglamento de Movilidad Académica en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, se desprende que los estudiantes que provengan de otras Facultades de la Universidad de Querétaro u otras instituciones de educación superior que deseen cursar materias curriculares en la Facultad de Derecho, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estudiantes nacionales:

1. Realizar trámite de inscripción de acuerdo a las características del convenio de movilidad académica correspondiente, acompañando acta de nacimiento y certificado parcial de estudios o equivalente.
2. Presentar constancia expedida por el Consejo Académico de la Facultad de Derecho en la cual se acepte la movilidad académica.
3. Dar de alta las materias que se cursarán con aprobación de la Dirección de la Facultad de Derecho.


b) Estudiantes extranjeros:

1. Acreditar su estancia legal en el país.
2. Presentar seguro de vida y gastos médicos.
3. Realizar trámite de inscripción de acuerdo a las características del convenio de movilidad académica correspondiente, acompañando acta de nacimiento y certificado parcial de estudios o equivalente.
4. Presentar constancia expedida por el Consejo Académico de la Facultad de Derecho en la cual se acepta la movilidad académica.
5. Dar de alta las materias que se cursarán con aprobación de la Dirección de la Facultad de Derecho.
6. Para alumnos cuya lengua materna no sea el español, acreditar el examen CAAL (examen de nivel cognoscitivo de español) ante la Facultad de Lenguas y Letras de la Universidad Autónoma de Querétaro.

Perfil del egresado:

El egresado de la Licenciatura en Derecho deberá:

  • Conocer, comprender, aplicar e interpretar la ciencia jurídica mediante una actitud crítica, argumentativa, reflexiva, creativa, e innovadora; desde una perspectiva humanista basada en los valores de justicia, equidad, tolerancia y honestidad.
  • Reconocer los principios filosóficos y éticos del quehacer jurídico; identificar los orígenes y evolución del derecho a través de la historia, con el fin de caracterizar la situación en la que se encuentran los sistemas jurídicos en la actualidad.
  • Explicar las teorías y doctrinas que dan sustento a los distintos sistemas y ordenamientos jurídicos existentes; con capacidad para evaluar su contexto económico-político-social como condición sine qua non para su análisis integral.
  • Asesorar y representar jurídicamente a particulares e instituciones ya sean de carácter privado, público o social; nacionales o internacionales, aplicando los procedimientos, principios y técnicas jurídicas del derecho positivo en las diversas áreas del derecho con el mayor profesionalismo.
  • Conocer y aplicar los conceptos jurídicos fundamentales que le provean de la capacidad para desempeñarse en cualquiera de los diversos campos del derecho, incluso a nivel de la prevención de los conflictos.

Cupo máximo: Tomando en consideración la elevada demanda de alumnos a ingresar a la Facultad de Derecho, cada semestre será valorado el cupo máximo.

Duración de la carrera (años): 9 semestres

Modalidad y plan: El Plan de estudios es presencial, con ingreso semestral.

Valor en créditos del plan: 505 CRÉDITOS

Mapa Curricular

Requisitos de titulación

Los requisitos de titulación estarán delimitados por la normatividad existente en la Universidad Autónoma de Querétaro, la cual regula estos aspectos y determina las condiciones específicas de titulación. Se establece por Acuerdo del H. Consejo Académico de la Facultad de Derecho en su sesión de 13 de marzo de 1998 y por el H. Consejo Universitario, en sesión de 26 de marzo de 1998, como requisito para optar por título en la Facultad de Derecho, la acreditación de un examen de comprensión de textos en inglés, que se aplica única y exclusivamente por la Facultad de Lenguas y Letras de esta Universidad.

Título otorgado: Licenciado en Derecho

Campo de acción o de trabajo del egresado

A continuación se presenta una clasificación de los campos laborales en los que se desempeña el profesional del derecho. Como en todo ejercicio de este tipo, hay aquí también una cierta dosis de arbitrariedad en la delimitación de los campos, así que la clasificación se justifica exclusivamente en función de su utilidad.

Con todo, puede afirmarse que esta clasificación atiende, en términos generales y con las excepciones que enseguida se señalarán, a las distintas funciones y actividades que desempeñan y en las participan los juristas.

Si bien no se ha pretendido lograr una clasificación exhaustiva que delimite y distinga de manera precisa todos los campos laborales, sí se intentó que la clasificación fuera lo más completa posible.

Así las cosas, la clasificación quedaría en los siguientes términos: a) procuración e impartición de justicia; b) administración pública; c) ámbito legislativo; d) postulancia; e) consultoría, asesoría y otros servicios legales independientes; f) docencia jurídica; y g) investigación jurídica.


Procuración e impartición de justicia
En este campo laboral se incluyen a todos los juristas que laboran en órganos cuya función preponderante es la jurisdiccional (tribunales, juzgados, juntas de conciliación y arbitraje, etc.), es decir, en instancias que han sido creadas específicamente para resolver litigios, independientemente de la materia en la que se especialicen (laboral, civil, penal, fiscal, etc), su ubicación formal dentro de la estructura orgánica de los poderes estatales (poder ejecutivo o judicial), o el ámbito de gobierno al que pertenezcan (federal, estatal o municipal).

Se incluye también en este campo a los juristas que se desempeñan dentro de las instancias encargadas de la procuración de justicia (ministerios públicos federales y estatales), cuya función primordial es la investigación de los delitos y fungir como parte acusadora dentro de los procesos penales. Esta estrecha vinculación con la labor de los jueces penales y demás tribunales que intervienen en estos procesos, es la que en todo caso justifica su inclusión, junto a los órganos jurisdiccionales, en un mismo campo laboral.


Administración pública
Partiendo de un concepto orgánico de la administración pública, se incluyó en este campo a todos los juristas que laboran dentro de alguna de las distintas estructuras orgánicas que componen a la administración pública, tanto federal, estatal como municipal, ya sea en la administración pública central, en organismos desconcentrados, descentralizados o públicos autónomos (v. gr., los institutos electorales y las comisiones de derechos humanos).

Por la gran diversidad de actividades que los juristas realizan dentro de la administración pública, este campo constituye precisamente una de las excepciones a la regla general arriba planteada como directriz de esta clasificación.

Toda vez que los juristas que pertenecen a la administración pública no realizan (todos ellos en su conjunto) una “actividad preponderante”, sino que intervienen en actividades de naturaleza muy diversa, se consideró que lo más apropiado era determinar este campo laboral no con un criterio funcional, como el que se aplicó en casi todos los demás casos, sino simplemente atender al ámbito al cual están adscritos los juristas (pertenencia), en este caso a la administración pública.

Los profesionales del derechos participan dentro de la administración pública en actividades que van desde la emisión de actos materialmente jurisdiccionales (resolución de recursos); el proceso legislativo (proyectos de ley) y la elaboración de actos materialmente legislativos (reglamentos); actividades de consultoría; representación legal del estado en los procesos en los que una autoridad es demandada; procedimientos de control administrativo y fincamiento de responsabilidades; procesos de cobro coactivo incoados por el Estado; otorgamiento de licencias, concesiones, permisos, etc.

Ámbito legislativo
En este campo laboral los juristas participan fundamentalmente dentro del procedimiento legislativo aportando sus conocimientos de técnica legislativa para la conformación de los diversos ordenamientos que son aprobados por los congresos.

Como actividades complementarias, los juristas suelen también poner sus conocimientos jurídicos al servicio de los legisladores, de suerte que realizan funciones de consultoría y asesoría. Asimismo, participan también en las instancias de fiscalización (contaduría mayor y auditoría superior de la federación) adscritas a los congresos.

Postulancia
Aquí se agrupan los profesionistas independientes que realizan actividades de patrocino y defensa de particulares (fundamentalmente) ante los diferentes juzgados y tribunales, es decir, aquellos que ejercen la profesión jurídica conocida como abogacía o postulancia.

También se incluyen aquí a los abogados que prestan sus servicios bajo una relación laboral, es decir, aquellos que trabajan directamente dentro de empresas, sociedades y asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales, e incluso a los que, siendo empleados del Estado (en sus diferentes niveles de gobierno), realizan las actividades antes descritas en beneficio de particulares (defensores penales, abogados agraristas, laboralistas, etc.).

La razón de agrupar a todos estos profesionistas que pertenecen tanto al sector público como al privado en un solo campo laboral, se debe a que, independientemente de esta situación y de las diferencias entre los distintos procesos, el ejercicio de la abogacía implica siempre la misma cosa: la defensa de intereses ajenos ante una instancia jurisdiccional.

Consultoría, asesoría y otros servicios legales independientes
Dentro de este campo laboral se incluyen exclusivamente a profesionistas independientes que prestan sus servicios tanto a particulares como al Estado. En este caso, esos servicios se refieren exclusivamente a opiniones o asesorías que los juristas brindan en su calidad de expertos en una determinada rama del derecho, sin que participen en procedimientos de carácter contencioso representando algún cliente.

Adicionalmente, y no obstante sus especiales características (fundamentalmente el hecho de que para prestar esos servicios se requiere de una patente otorgada por el Estado), se agrupan en este campo otros servicios de carácter independiente como los notariales, de correduría pública y algunos otros como los prestados por los agentes aduanales.


Docencia jurídica
La docencia jurídica es sin duda un caso especial dentro de los campos laborales. Siendo ésta una profesión que requiere de una especial preparación y de una dedicación importante, en la mayoría de los casos es vista y ejercida como una actividad complementaria a la preponderante que realiza el jurista (juez, abogado, etc.).

En todo caso, existen juristas que hacen de la docencia jurídica su única y exclusiva actividad (los profesores de tiempo completo), por lo que se trata también de un campo laboral que tiene su propia dinámica y particular problemática.


Investigación jurídica
El último de los campos jurídicos propuestos es el de la investigación jurídica. La labor del investigador del derecho, que normalmente es complementada con la docencia, tiene también especificidades muy concretas que permitan considerarla como un campo laboral, por cierto no muy explorado, de los juristas.

Plan de Estudios Contenido sintético de las asignaturas

 

 
 
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