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Si bien en
Querétaro la educación publica ve sus primeras luces con la
fundación de los Reales Colegios de San Ignacio de Loyola
y San Francisco Javier que, como señala Fernando Díaz Ramírez,
inician su labor en la enseñanza el 25 de febrero de
1778;
en estas instituciones jamás se pensó impartir estudios a nivel
Licenciatura, por lo que quienes de ellas egresaban tenían que
trasladarse al Colegio de San Ildefonso, en la ciudad de México,
para cursar estudios de ese nivel y después poder aspirar a
obtener el título de abogado ante los Tribunales de la Real
Audiencia.
Pasado el
movimiento de independencia, con la intervención de José María
Diez Marina del Solar, primer Gobernador Constitucional de
Querétaro, el recién creado Congreso del estado expide la Ley
del 4 de octubre de 1827, con la que se crea en Querétaro el
Bachillerato en Derecho Canónico, que se cursaría en el
Colegio de San Francisco Javier, y cuyas características eran
idénticas a la que se llevaba en la ciudad de México, al
concluir sus estudios, los egresados sustentaban un examen final
ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado.
La vida de
este primer esfuerzo dura casi cuarenta años, sin embargo, la
inestabilidad del país, y del estado, producto de los constantes
movimientos políticos y armados de la época, a la que se sumó la
falta de recursos económicos para su sostenimiento, obligan a
que en el mes de febrero de 1867 se cierre el Colegio de San
Francisco Javier, y con ello, inevitablemente se clausuran los
cursos de la licenciatura, terminando así una primera época de
la enseñanza del Derecho en Querétaro.
La segunda
época inicia con la publicación de la Ley del 20 de noviembre
de 1867, que da nacimiento al Colegio Civil del Estado,
institución en la cual se estudiarían los bachilleratos y la
carrera de abogado; el programa de estudios creado en este
tiempo para esta carrera, la lleva más allá de la idea vigente
en esos años, que señalaba a la profesión de abogado como una
disciplina meramente práctica; su programa de estudios contiene
ya materias teóricas de gran importancia aún en la actualidad.
El 4 de
enero de 1876, se crea una nueva ley que obliga a aquellos
estudiantes que pretendieran cursar la carrera de abogado a
tomar un bachillerato especializado; el plan de estudios de la
carrera también cambia y se disminuye su duración a cinco años
El 13 de
enero de 1896 se expide en el Estado una nueva ley que acaba
con los bachilleratos especializados y crea la Escuela
Preparatoria, con ella se estableció un bachillerato general
para todas las carreras, que se ajustaba a los ciclos del
positivismo;
la profesión de abogado se cursaría en cinco años y se
suprimiría de su plan de estudios la carrera de Notario, para la
cual sólo se requería cursar los tres primeros años del plan de
estudios.
Lucio
Mendieta y Núñez narra que durante los primeros diez años del
siglo XX se notó un cierto interés en varios estados de la
República por el estudio del Derecho y sus problemas; en el caso
de Querétaro –según nos señala- se sabe, por un informe de fecha
24 de septiembre de 1907, dirigido por el Lic. Pablo
Macedo al Secretario de Educación Pública y Bellas Artes del
País, que fue la Academia Queretana de Jurisprudencia la que se
ocupó de estudiar la problemática que la disciplina presentaba
en el estado.
Los
resultados de este trabajo los observamos en 1912, año en el que
se expide la Ley número 7 de instrucción preparatoria y
profesional del Estado. Con esta ley se modifica el plan de
estudios de la licenciatura, se incorpora nuevamente a éste la
carrera de notario, para la que se requería cursar hasta el
tercer año del programa, lo que constituyó un retroceso;
este plan de estudios incluía, además de las materias
tradicionales, las de Procedimientos Civiles Federales,
Procedimientos Penales Federales y, nuevamente, la materia de
Derecho Natural. Poca fue su fortuna, pues como consecuencia del
movimiento revolucionario, la Escuela de Derecho y su sede, el
Colegio Civil del estado, cierran sus puertas por Decreto del
27 de octubre de 1914, restableciéndose hasta el año de
1921, pero con un renovado plan de estudios, obra integra
del Lic. José María Truchuelos.
El 28 de
marzo de 1918 surge en Querétaro, con aprobación del
Congreso, la Escuela Libre de Derecho, cuya vida fue efímera,
pero que también contribuyó al proceso de formación de la
enseñanza del derecho en el estado; su plan de estudios era casi
idéntico al del Colegio Civil del estado, con la distinción de
que en él se incluían dos materias más: Derecho Romano y
Prolegómenos del Derecho, que eran cursadas en el primer año de
la carrera. Dos años más tarde, en 1920, la Escuela Libre
de Derecho cerraría sus puertas para no abrirlas más.
La
Universidad de Querétaro es fundada el 24 de febrero de 1951
por tan solo tres escuelas: la Preparatoria, la de Ingeniería en
la que sólo se impartían los dos primeros años, situación por la
cual sus alumnos tenían que continuar el resto de la carrera en
la Universidad Autónoma de México, y la Escuela de Derecho, en
la cual se cursaba la carrera de jurisprudencia (Leyes).
La carrera
de jurisprudencia que ofrecía la Universidad de Querétaro era de
cinco años; el plan de estudios vigente en esa época fue
resultado de una actualización hecha por el Lic. Fernando Díaz
Ramírez al de 1927, y se estructuraba por veintiocho
materias, entre las que se incluyan novedades como Segundo de
Economía, Teoría General del Estado, Derecho Agrario, separando
del Derecho Obrero al Derecho Procesal Obrero y dividiendo el
estudio del Derecho Civil en cuatro años. Este plan de estudios
sufre una modificación en 1957, año en el que se suprime
de él la materia de Historia del Derecho Patrio.
Tras un paro
estudiantil, en 1958 se logra la autonomía de la
Universidad; en la Escuela de Derecho se agrega a la currícula
la materia de Filosofía del Derecho, con lo que se da la primera
modificación al plan de estudios de la Escuela de Derecho de la
naciente Universidad Autónoma de Querétaro.
En el año de
1965,
el plan de estudios sufre una nueva modificación, por lo que a
partir de esa fecha se cursaron treinta y siete materias; en
este plan de estudios se observa la substitución del prefijo 1°,
2°, 3° ó 4° de..., utilizado hasta entonces para la distinción
de cada materia, por el uso de un número románico en las
asignaturas; de igual forma, se aprecia que la materia de
Garantías y Amparo correspondiente al cuarto año de la carrera,
se dividió en dos asignaturas: Garantías, que se tomaba en el
cuarto año, y Amparo, cursada a partir de entonces en el quinto
año de la carrera; aparecen también las materias de Historia del
Derecho en el segundo año, Notariado y Práctica Forense en el
cuarto año de la carrera, Derecho Fiscal, Derecho Procesal
Fiscal, Derecho Mercantil III y Práctica Forense en el quinto
año.
El
22
de diciembre de 1966,
siendo el Licenciado Jorge García Ramírez Director de la Escuela
de Derecho, presentó ante el Consejo Universitario un proyecto
de reorganización del plan de estudios, el cual, después de
diversas aclaraciones, fue aprobado por unanimidad de votos para
entrar en vigor a partir del año de
1967.
Con esta reorganización, se agregaron dos materias más al plan
de estudios, Historia de las Ideas Políticas en el primer año y
II de Filosofía del Derecho en el quinto año, sumando treinta y
nueve las materias que conformaban la currícula de la carrera de
Licenciado en Derecho. Un rasgo destacado en este nuevo plan de
estudios, es que en él se aprecia la semestralización de algunas
materias a partir del tercer año de la carrera, siendo este
quizá el primer ejercicio de este tipo realizado en el plan de
estudios de la Licenciatura en Derecho.
A partir de
1971 se observa una nueva modificación al plan de
estudios; en ese año disminuye a treinta y siete la currícula de
materias de la Licenciatura. Con esta modificación, la materia
de Historia del Derecho pasa del segundo al primer año, Historia
de las Ideas Políticas del primero al cuarto año, las materias
de Práctica Forense I y II se limitan en una sola asignatura
denominada Práctica Forense, lo mismo sucede con Filosofía del
Derecho I y II que quedan comprendidas en la materia denominada
Filosofía del Derecho, ambas cursadas en el quinto año de la
carrera.
En
1977 disminuye nuevamente la currícula de las materias que
conforman el plan de estudios de la Licenciatura en Derecho,
quedando integrado por treinta y tres asignaturas que se
deberían de cursar para aspirar a obtener título de Licenciado
en Derecho. En este plan de estudios se observa que las materias
de Economía Política I y II, Derecho Romano I y II y Derecho
Administrativo I y II se unifican en las materias denominadas
Economía Política, Derecho Romano y Derecho Administrativo
respectivamente, las dos primeras, se cursaban en el primer año
de la carrera y la última mencionada en el tercer año; Derecho
Fiscal y Derecho Procesal Fiscal también se unifican en una sola
materia denominada Derecho Fiscal y Procesal Fiscal cursada en
el quinto año de la carrera; la materia de Historia de las Ideas
Políticas pasa del cuarto al primer año; a la materia de Teoría
del General del Derecho se le cambia el nombre por el de
Introducción al Estudio del Derecho, lo mismo sucede con las
materias de Derecho Obrero y Derecho Procesal Obrero, a las
cuales se les denomino Derecho Laboral y Derecho Procesal
Laboral que era más acorde con el lenguaje de la época;
desaparece la materia de Notariado y la de Práctica Forense y se
crean las materias de Práctica Forense Civil y Práctica Forense
Penal.
En 1982
se suprimen del plan de estudios las materias de Práctica
Forense Civil y Penal, y la materia de Derecho Mercantil III,
cambia su nombre por el de Derecho Procesal Mercantil,
disminuyendo el plan de estudios de la Licenciatura en Derecho a
treinta y un materias. El 17 de febrero de 1983, con
la inauguración de su Posgrado en el Aula Forense, la Escuela
de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro cambia su
nombre por el de Facultad de Derecho, nominación que
conserva hasta nuestros dias.
1984
fue designado por el H. Consejo Universitario como “Año de la
Evaluación y Superación Académica; con esta designación, se
pretendía impulsar un cambio sustancial en la vida académica
universitaria. La Facultad de Derecho acogió con agrado esta
decisión y comenzó a desarrollar los trabajos necesarios
tendientes a realizar las modificaciones que permitieran
fortalecer sus bases institucionales; así, en ese mismo año, se
integró la “Comisión de Evaluación y Superación Académica”,
cuya labor consistía en recoger las inquietudes generadas hacía
ya algunos años entre la comunidad de Maestros y Estudiantes de
la Facultad de Derecho, quienes se manifestaban por la
elaboración de un nuevo plan de estudios de la Licenciatura, que
a su vez permitiera fortalecer a la recién creada División de
Posgrado.
La seriedad
con que se tomó el desarrollo de estos trabajos, permitió que en
ese mismo año los resultados fueran palpables, pues se
detectaron las deficiencias de contenido informativo, académico,
práctico y estructural del plan de estudios que estaba vigente;
así, y como resultado de estos trabajos, el 8 de mayo de 1984
se sometió a la consideración del H. Consejo Académico de la
Facultad de Derecho la propuesta de un nuevo plan de estudios,
cuyos criterios presentaban una serie de características tan
importantes como las que a continuación se enuncian:
Se
establecieron objetivos institucionales que determinaban la
función educativa de la Facultad de Derecho, su vinculación con
la sociedad y utilizando por primera conceptos como el de
mercado de trabajo.
Se delimitó
el perfil del Licenciado en Derecho que se formaría en la
Facultad de Derecho, diciendo que éste debería responder a las
necesidades del contexto social, político, cultural y económico
de la nación, sin pretender con esto generar una dependencia
entre la educación y el mercado de trabajo, rechazándose
cualquier concepción utilitarista y mercantilista, típico de
sistemas económicos exentos de los valores humanistas; de alguna
forma, aunque con deficiencias metodológicas, se delimitaba
también el perfil de egreso del Licenciado en Derecho. Un
aspecto digno de señalar, fue la sistematización del plan de
estudio, siendo propósito de la Comisión, que éste se ajustara a
los requerimientos pedagógicos indispensables para dotar a la
docencia de cientificidad, sistematización, objetividad y
congruencia, con el que se diera seguimiento fiel a los
objetivos que institucionalmente había adoptado la universidad,
siendo éste la renovación y superación académica de directivos,
profesores y alumnos de la Facultad de Derecho. Por lo que se
refiere a los programas de estudio de las diversas asignaturas,
se diseñaron objetivos generales que servían de base para el
desarrollo de objetivos específicos con los que se pretendía
quedara determinado el alcance del conocimiento a que se
refería cada materia
Otra
innovación importante fue el diseño un Modelo de Docencia
Jurídica, en el que la educación se concibe como un proceso de
enseñanza- aprendizaje de la ciencia del derecho, formativo y
crítico, conjugando en él los aspectos teórico- prácticos,
fomentando la investigación científica y en el cual el Maestro
fuera un planificador y coordinador de estos fines.
En ese año,
considerando la tendencia que se observaba en diversas
Universidades Públicas y Privadas del país por semestralizar sus
planes de estudio, la Comisión de Evaluación y Superación
Académica planteó la posibilidad de que los cursos de la
licenciatura en derecho fueran semestrales, sin embargo, se
concluyó que este cambio no era conveniente en ese momento
Como característica importante del nuevo plan
de estudios para la Licenciatura en Derecho, se incluyó la
asignatura denominada Métodos y Técnicas de la Investigación
Jurídica, que tiene por objetivo desarrollar en el alumno las
habilidades básicas para la investigación jurídica; otra
asignatura que se incluyó en este plan de estudios, fue la de
Derecho Administrativo II, que tendría por objetivo estudiar lo
relativo a las instituciones, patrimonio, y procedimiento
administrativo, abriendo así una nueva área para el conocimiento
de la función administrativa, pues estos elementos no eran
objeto de estudio en los planes anteriores.
Se
suprimieron las materias de Práctica Forense Civil y Práctica
Forense Penal, pues se pretendía que el aspecto práctico fuera
abordado por los propios docentes de la materia en el curso
correspondiente; por lo que ve al las materias de Historia del
Derecho y Sociología, se cambió el nombre de éstas por el de
Historia del Derecho Mexicano y Sociología Jurídica, con lo que
se pretendía dar un enfoque jurídico a estas disciplinas y, en
el caso de la de Historia del Derecho Mexicano, se planteaba
como objetivo analizar el origen y evolución del derecho
positivo mexicano; de igual forma, cambiaron los nombres de
materias como la de Derecho Procesal Civil I por Teoría General
del Proceso, Garantías Individuales por Garantías
Constitucionales, Derecho Procesal Civil II por Derecho Procesal
Civil, Medicina Legal por Medicina Forense, Derecho Laboral por
Derecho del Trabajo I, Derecho Procesal Laboral por Derecho del
Trabajo II.
Se
reubicaron las materias de Derecho Penal I, Historia del Derecho
Mexicano en el primer año y Derecho Romano y sociología Jurídica
en Segundo año, Economía Política en tercer año, Derecho
Administrativo I en cuarto año y Derecho Agrario pasó al quinto
año, teniendo en consecuencia un reacomodo en las materias que
llevaban una seriación progresiva a los años correspondientes.
Como parte de la reorganización de las materias, Economía
Política quedó seriada con Derecho Administrativo I y II y con
Derecho Fiscal.
La carga de
materias quedó distribuida en seis materias para el primero y
segundo año y siete materias a partir del tercer año,
argumentando para ello que, con los conocimientos adquiridos por
los alumnos en los primeros años de estudio, les resultaría más
fácil cursar los últimos tres años con la carga de materias
asignada.
Este es
quizá el esfuerzo académico más serio y comprometido que se ha
realizado sobre el plan de estudios de la Licenciatura en
Derecho, pues además de la reorganización que se hizo, se
plantearon de forma especifica objetivos generales por
asignatura, en los que se establecían los enunciados que
resultaban ser los más complejos para el estudio y comprensión
de cada materia. Como resultado de este trabajo, el plan de
estudios de la licenciatura quedó estructurado por 33 (treinta y
tres) materias, mismas que fueron distribuidas por horas clase a
la semana, cursándose algunas de ellas tres veces por semana en
lapsos de una hora y el resto de manera diaria en cinco horas
clase.
El cuatro
de junio de 1993, en sesión ordinaria del Consejo
Universitario, se aprobó una nueva modificación al plan de
estudios de la Licenciatura en Derecho, bajo los argumentos de
que “...el abogado debe ser no solamente un técnico del
derecho, sino que debe tener también inmerso en su propio ser
el ideal de justicia...”, además de que “...la ética
personal o la moral común no son iguales a la ética
profesional...”,
el Consejo Académico de la Facultad de Derecho consideró
pertinente agregar como materia obligatoria en la carrera de
licenciado derecho la materia denominada Deontología Jurídica,
para ser cursada en el tercer año; por otra parte, las materias
de Derecho Agrario y Medicina Legal que eran obligatorias,
pasaron a ser optativas junto con las de Derecho Bancario y
Bursátil, Derecho Corporativo o de Propiedad intelectual,
Informática Jurídica y Derecho Notarial y Registral, asignaturas
las cuatro últimas de nueva inclusión, con las que se buscaba
dar respuesta a las nuevas exigencias que estaban presentes en
el entorno social en relación con la formación que deberían
tener los egresados de la Licenciatura en Derecho de la
Universidad Autónoma de Querétaro.
La más
reciente modificación que sufriera el plan de estudios fue
aprobada por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria de
fecha 26 de marzo de 1998. El argumento utilizado en esa
ocasión para su reforma fue el de “...adecuarnos a los Planes
y Programas de Estudio de todas las Facultades de Derecho y para
tener revalidación de estudios a nivel nacional, tanto con la
UNAM, como en aquellas con las que tenemos relación como la
Universidad Complutense de Madrid y la Universidad de Santa
Bárbara California”.
De acuerdo
al contenido del Acta de asamblea del Consejo Universitario, el
nuevo plan de estudios fue objeto de diversas adecuaciones, con
las cuales la materia de Historia de las Ideas Políticas que se
cursaba en el primer año de la carrera desapareció como tal,
pasando su contenido a formar parte de dos materias: Teoría del
Estado y Derecho Constitucional, por lo que se refiere a la
materia de Informática Jurídica, su contenido pasó a ser parte
de la materia de Métodos y Técnicas de la Investigación
Jurídica. Las modificaciones más trascendentes que observamos se
realizaron al Plan de Estudios en este año son las siguientes:
Las materias de Teoría General del Estado, Derecho Romano y
Sociología Jurídica que se cursaban en segundo año pasaron al
primer año y la materia de Deontología Jurídica que su cursaba
en el tercer año, se coloca también como parte de las del primer
año de la carrera, quedando intocadas las materias de Historia
del Derecho Mexicano, Métodos y Técnicas de Investigación
Jurídica e introducción al Estudio del Derecho. Por lo que se
refiere a las materias de Derecho Civil I y Derecho Penal I que
se cursaban en el primer año de la carrera, pasan a ser parte
del segundo año, lo mismo sucede con las materias de Derecho
Constitucional, Teoría General del Proceso, Derecho Económico y
Derecho Internacional Público que se llevaban en el tercer año
de la carrera y que pasan a formar parte de las materias del
segundo año, quedando sin movimiento sólo la materia de Derecho
Mercantil I. Derecho Civil II y Derecho Penal II pasaron del
segundo al tercer año, así como las materias de Garantías
Constitucionales, Derecho Procesal Civil, Derecho del Trabajo y
Derecho Internacional Privado que pasaron del cuarto al tercer
año, la única materia que no sufrió movimiento alguno con
relación al plan de estudios anterior para este año, fue la de
Derecho Mercantil II. Derecho Civil III y Derecho Procesal Penal
pasan del tercero al cuarto año de la carrera; Derecho de Amparo
y Derecho del Trabajo II pasan del quinto año al cuarto;
permanecen en este año las materias de Derecho Procesal
Mercantil, y Derecho Administrativo, siendo creada para este año
una materia optativa obligatoria, que puede ser: Derecho
Constitucional Local, Derecho Electoral, Criminología, Medicina
Forense, Derecho Comparado o Derechos Humanos. Por último, se
observa que la materia de Derecho Civil IV que se cursaba en el
cuarto año, pasa al quinto año de la carrera; Filosofía del
Derecho, Derecho Fiscal y Derecho Administrativo quedan en ese
mismo año como se encontraban en el plan de estudios anterior,
con la salvedad de que la materia de Derecho Administrativo II
cambia de nombre para denominarse Derecho Procesal
Administrativo; se establece como obligatoria sólo una materia
optativa para este año que podía ser Derecho Municipal, Derecho
Penitenciario, Derecho Agrario, Derecho Notarial y Registral,
Derecho Corporativo o Derecho Bancario y Bursátil; se crean
además dos nuevas materias como parte del programa de estudios
de la Licenciatura, Práctica Forense y Seminario de
Investigación, las cuales se cursan en el quinto año de la
carrera. De igual forma, se establece como requisito obligatorio
para optar por el título de Licenciado en Derecho el examen de
comprensión de Textos en Ingles, que propiamente no es una
materia pues no se cursa como tal en la Facultad de Derecho.
Este es el
plan de estudios que en la actualidad se encuentra vigente en la
Facultad de Derecho; saber si responde a las necesidades
sociales del estado, la región y el país, es un reto al que sin
duda habremos de enfrentarnos en este tiempo. Es claro, y como
se observa en las distintas épocas de evolución de la enseñanza
del derecho en Querétaro,
que quienes se preocupan por formar profesionistas en esta
disciplina, sean personas o instituciones, han procurado
mantener una vigencia en cuanto a los programas educativos de la
misma, buscando adecuarlos constantemente para dar respuesta
inmediata a las nuevas y cambiantes circunstancias que rodean la
enseñanza del derecho, disciplina que, como dijera en alguna
ocasión Mario de la Cueva, se encuentra en constante expansión.
Las nuevas
formas de mercado, comunicación, enseñanza-aprendizaje,
interacción social, no solo entre los individuos sino también
entre los estados, obligan a las Universidades a redimensionar
la figura del estudiante del derecho. ¿Qué queremos de él?,
¿Cómo lo debemos formar?, ¿Para quién y para qué lo debemos
formar? son sin duda algunas preguntas que comenzaran a buscar
su respuesta en el presente inmediato; corresponde a la
comunidad universitaria, jurídica y social de esta generación,
la obligación realizar un análisis responsable y profundo sobre
la enseñanza del derecho en el estado, pues sólo de esta forma
podrá la Universidad Autónoma de Querétaro, y su Facultad de
Derecho, cumplir con la responsabilidad que la sociedad
queretana le ha encomendado: Actuar como agente de cambio y
promotor social a través de sus tareas sustantivas.
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